sábado, 30 de mayo de 2015

Ante la inminente demolición de una casa en Reza


La Casa de Rosa María Alonso y Miguel Fernández, en Reza, cerca de Ourense, e inmediaciones del Miño:

El edificio, unifamiliar, va a ser demolido por decisión judicial firme. El jueves 4 de junio es el día. El tema de fondo, o quid del tema, es si está en suelo 'no urbanizable' o 'rústico', y por consiguiente se ha levantado sin/con licencia...Desde el punto de vista arquitectónico es una obra significada del arquitecto Fernando Blanco, pintor y escultor asimismo, como sabeis. En su interior, formando parte de la chimenea, hay además, integrada, una obra escultórica del buen escultor que fue Luis Borrajo

// 'El Ayuntamiento de Ourense ordenó su demolición en varias resoluciones firmes. Luego amparándose en un nuevo Plan General dio licencia de legalización. Pero el Plan General fue anulado por sentencia firme del TSXG, lo que conllevó a su vez la anulación de la licencia de legalización. Le corresponde al Juzgado Contencioso-Administrativo núm.1 de Ourense la ejecución forzosa de esa sentencia, que solo puede conllevar el derribo de la casa' [anexo tomado de La Voz de Galicia del día 4.VI] //


Arquitecto Fernando Blanco.


El aprovechamiento de la luz, el sabio uso de los diversos materiales en pavimento muros de carga y cierre define el abierto y diáfano interior, una de las características del artista-arquitecto.



En la chimenea revestimiento en acero cor-ten, obra del fallecido escultor Borrajo.


Debe señalarse que la vivienda familiar se construyó con las licencias necesarias. Fue legal... hasta que la justicia demostró que el plan de urbanismo (PP en el gobierno municipal) tenía fraude y lo anuló. De lo que deriva 'la ilegalidad' de ahora... // 'El Juzgado Contencioso-Administrativo núm.1 de Ourense envió el martes un escrito para explicar la situación de la vivienda y la orden de derribo en el que subraya: 'La casa se construyó en suelo no urbanizable o rústico sin licencia. No se podía legalizar porque no tenía vinculación con un uso agropecuario, y además excedía de la edificabilidad máxima permisible'.[anexo tomado de La Voz de Galicia del día 4.VI] //
Dura lex, sed lex.

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